¡Venga Tu Reino!
Juventud
y Familia Misionera
FORMACIÓN
Pontificio Consejo
Para La Familia
FAMILIA, MATRIMONIO Y UNIONES DE HECHO
(CONTINUACIÓN)
III
Las uniones de
hecho en el
conjunto de la
sociedad
Dimensión social y política del problema de
equiparación.
14) Ciertos
influjos culturales radicales (como la ideología del «gender», género, a la que antes se ha hecho
mención), tiene como consecuencia el deterioro de la Institución Familiar. «Aún más preocupante es el ataque directo a
La Familia que se está desarrollando, tanto a nivel cultural como político,
legislativo y administrativo… Es clara la tendencia a equipara a La Familia con
otras formas de convivencia muy diversa, prescindiendo de fundamentales
consideraciones de orden ético y antropológico.», dijo Juan Pablo II en el Foro
de Asociaciones Católicas de Italia.
Es prioritaria, por tanto, la definición
de la identidad propia de La Familia. A
esta identidad pertenece el valor y la exigencia de estabilidad en la relación
Matrimonial entre hombre y mujer; estabilidad que encuentra su expresión y
confirmación en un horizonte de procreación y educación de los hijos, lo que
resulta en beneficio del tejido social completo.
Dicha estabilidad Matrimonial y Familiar
no sólo está asentada en la buena voluntad de las personas concretas, sino que
revista un carácter institucional de reconocimiento público, por parte del
Estado, de la elección de la Vida Conyugal.
El reconocimiento, protección y promoción de dicha estabilidad redunda
en el interés general, especialmente de los más débiles, es decir, los hijos de
esa Familia.
15)
Otro riesgo de consideración social, del problema que nos ocupa, es el
de la banalización (darle carácter común
o insustancial a algo). Algunos afirman que
el reconocimiento y equiparación de las uniones de hecho no debería preocupar
excesivamente, cuando el número de éstas fuera relativamente escaso.
Más bien debería concluirse, en este
caso, lo contrario, puesto que una consideración cuantitativa del problema
debería entonces conducir a poner en duda la conveniencia de plantear el
problema de las uniones de hecho, como problema de primera magnitud;
especialmente allí donde apenas se presta una adecuada atención al grave problema
(de presente y de futuro), de la protección del Matrimonio y La Familia
mediante adecuadas políticas familiares, verdaderamente incidentes en la vida
social.
La exaltación indiferenciada de la
libertad de elección de los individuos, sin referencia alguna a un orden de
valores de relevancia social, obedece a un planteamiento completamente
individualista y privatista, de El Matrimonio y La Familia, ciego a su
dimensión social objetiva.
Hay que tener en cuenta que la
procreación, es principio «genético» de la sociedad; y que la educación de los hijos es lugar primario de
transmisión y cultivo del tejido social, así como núcleo esencial de su
configuración estructural.
El
reconocimiento y equiparación de las uniones de hecho,
discriminan al
Matrimonio.
16)
Con el reconocimiento público de las uniones de hecho, se establece un
marco jurídico asimétrico: mientras la sociedad sume obligaciones respecto a
los convenientes de las uniones de hecho, éstas no asumen para con la misma (la
sociedad) las obligaciones esenciales propias del matrimonio. La equiparación agrava esta situación puesto
que privilegia a las uniones de hecho respecto de los matrimonios, al eximir a
las primeras de deberes esenciales para con la sociedad.
Se acepta de este modo una paradójica
disociación que resulta en perjuicio de la institución familiar.
Respecto de los recientes intentos
legislativos de equiparar familia y uniones de hecho, incluso homosexuales (en
donde conviene tener presente que su reconocimiento jurídico es el primer paso
hacia la equiparación), es preciso recordar a los parlamentarios su grave
responsabilidad de oponerse a ellos, puesto que «los legisladores, y de modo particular
los parlamentarios católicos, no podrían cooperar con su voto e esta clase de
legislación, que, por ir en contra del Bien Común y La Verdad del hombre, sería
propiamente inicua».
Estas iniciativas legales, presentan
todas las características de
disconformidad con la ley natural, que las hacen incompatibles con la dignidad
de la ley. Es preciso reconocer un
fundamento último del ordena-miento jurídico.
«La vida social – y su aparato jurídico–
exige un fundamento último. Si no existe
otra ley más allá de la ley civil, debemos admitir entonces que cualquier
valor, incluso aquellos por los cuales los hombres han combatido y considerado
como pasos adelante, cruciales en la lenta marcha hacia la libertad, pueden ser
cancelados por una simple mayoría de votos; ultrajando de esa forma la valía
cultural alcanzada.
Quienes critican
la ley natural, deben cerrar los ojos ante esta posibilidad, y cuando promueven
leyes –en contraste con el Bien Común en sus exigencias fundamentales– deben
tener en cuenta todas las consecuencias de sus propias acciones, porque pueden
estar impulsando a la sociedad en una dirección equivocada y muy peligrosa.» Discurso del Cardenal Sodano en 1998.
No se trata, por tanto, de pretender
imponer un determinado ‘modelo’ de comporta-miento al conjunto de la sociedad,
sino de la exigencia social de reconocimiento, por parte del ordenamiento
legal, de la imprescindible aportación de la familia fundada en el matrimonio,
al Bien Común.
Donde la familia
está en crisis, la sociedad vacila.
(CONTINUARÁ)
La semana entrante continuamos y nos saludamos.
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