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miércoles, 2 de noviembre de 2016

FORMACIÓN PARA MISIONEROS 6 DE 20

¡Venga Tu Reino!

Juventud y Familia Misionera

FORMACIÓN

Pontificio Consejo Para La Familia
FAMILIA, MATRIMONIO Y UNIONES DE HECHO

(CONTINUACIÓN)

III
Las uniones de hecho en el
conjunto de la sociedad

Dimensión social y política del problema de equiparación.

14)  Ciertos influjos culturales radicales (como la ideología del «gender», género, a la que antes se ha hecho mención), tiene como consecuencia el deterioro de la Institución Familiar.  «Aún más preocupante es el ataque directo a La Familia que se está desarrollando, tanto a nivel cultural como político, legislativo y administrativo… Es clara la tendencia a equipara a La Familia con otras formas de convivencia muy diversa, prescindiendo de fundamentales consideraciones de orden ético y antropológico.», dijo Juan Pablo II en el Foro de Asociaciones Católicas de Italia.

Es prioritaria, por tanto, la definición de la identidad propia de La Familia.  A esta identidad pertenece el valor y la exigencia de estabilidad en la relación Matrimonial entre hombre y mujer; estabilidad que encuentra su expresión y confirmación en un horizonte de procreación y educación de los hijos, lo que resulta en beneficio del tejido social completo.

Dicha estabilidad Matrimonial y Familiar no sólo está asentada en la buena voluntad de las personas concretas, sino que revista un carácter institucional de reconocimiento público, por parte del Estado, de la elección de la Vida Conyugal.  El reconocimiento, protección y promoción de dicha estabilidad redunda en el interés general, especialmente de los más débiles, es decir, los hijos de esa Familia.

15)  Otro riesgo de consideración social, del problema que nos ocupa, es el de la banalización (darle carácter común o insustancial a algo).  Algunos afirman que el reconocimiento y equiparación de las uniones de hecho no debería preocupar excesivamente, cuando el número de éstas fuera relativamente escaso. 

Más bien debería concluirse, en este caso, lo contrario, puesto que una consideración cuantitativa del problema debería entonces conducir a poner en duda la conveniencia de plantear el problema de las uniones de hecho, como problema de primera magnitud; especialmente allí donde apenas se presta una adecuada atención al grave problema (de presente y de futuro), de la protección del Matrimonio y La Familia mediante adecuadas políticas familiares, verdaderamente incidentes en la vida social.

La exaltación indiferenciada de la libertad de elección de los individuos, sin referencia alguna a un orden de valores de relevancia social, obedece a un planteamiento completamente individualista y privatista, de El Matrimonio y La Familia, ciego a su dimensión social objetiva. 

Hay que tener en cuenta que la procreación, es principio «genético» de la sociedad; y que la educación de los hijos es lugar primario de transmisión y cultivo del tejido social, así como núcleo esencial de su configuración estructural.

El reconocimiento y equiparación de las uniones de hecho,
discriminan al Matrimonio. 

16)  Con el reconocimiento público de las uniones de hecho, se establece un marco jurídico asimétrico: mientras la sociedad sume obligaciones respecto a los convenientes de las uniones de hecho, éstas no asumen para con la misma (la sociedad) las obligaciones esenciales propias del matrimonio.  La equiparación agrava esta situación puesto que privilegia a las uniones de hecho respecto de los matrimonios, al eximir a las primeras de deberes esenciales para con la sociedad.

Se acepta de este modo una paradójica disociación que resulta en perjuicio de la institución familiar.

Respecto de los recientes intentos legislativos de equiparar familia y uniones de hecho, incluso homosexuales (en donde conviene tener presente que su reconocimiento jurídico es el primer paso hacia la equiparación), es preciso recordar a los parlamentarios su grave responsabilidad de oponerse a ellos, puesto que «los legisladores, y de modo particular los parlamentarios católicos, no podrían cooperar con su voto e esta clase de legislación, que, por ir en contra del Bien Común y La Verdad del hombre, sería propiamente inicua». 

Estas iniciativas legales, presentan todas las características  de disconformidad con la ley natural, que las hacen incompatibles con la dignidad de la ley.  Es preciso reconocer un fundamento último del ordena-miento jurídico. 

«La vida social – y su aparato jurídico– exige un fundamento último.  Si no existe otra ley más allá de la ley civil, debemos admitir entonces que cualquier valor, incluso aquellos por los cuales los hombres han combatido y considerado como pasos adelante, cruciales en la lenta marcha hacia la libertad, pueden ser cancelados por una simple mayoría de votos; ultrajando de esa forma la valía cultural alcanzada. 

Quienes critican la ley natural, deben cerrar los ojos ante esta posibilidad, y cuando promueven leyes –en contraste con el Bien Común en sus exigencias fundamentales– deben tener en cuenta todas las consecuencias de sus propias acciones, porque pueden estar impulsando a la sociedad en una dirección equivocada y muy peligrosa.» Discurso del Cardenal Sodano en 1998.

No se trata, por tanto, de pretender imponer un determinado ‘modelo’ de comporta-miento al conjunto de la sociedad, sino de la exigencia social de reconocimiento, por parte del ordenamiento legal, de la imprescindible aportación de la familia fundada en el matrimonio, al Bien Común.

Donde la familia está en crisis, la sociedad vacila.


(CONTINUARÁ)

La semana entrante continuamos y nos saludamos. 

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